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Procédure collective
J.A. SANTIAGO E HIJOS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35468701Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 28/04/2009 → 25/01/2012
- Procédure
- 22/2009
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso25/01/2012⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 22/2009Ordonnance 11/04/2012
Edicto Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Mercantil N.º 1, de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 22/2009, seguido en virtud de la declaración de concurso J.A. SANTIAGO E HIJOS, S.L., con C.I.F. B-35468701, se ha dictado en el día de hoy Auto, acordando la apertura de la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo 11 de abril de 2012, a las 10:00 horas, en la sede del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de G.C. sito en calle Reyes Católicos, n.º 6, 1.º, Las Palmas de G.C., que se publicará mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el B.O.E. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores con derecho a asistencia podrán comparecer en la junta por sí mismos o hacerse representar por medio de apoderado, sea o no acreedor, con la única limitación de que no podrán ser apoderados el concursado ni las personas especialmente relacionadas con éste, aunque sean acreedores. Asimismo, se les hace saber que, en su caso, podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto Las Palmas de G.C., 10 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso29/06/2011⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 22/2009Ordonnance 03/06/2011
Edicto Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de G.C. Por el presente, hago saber que en el procedimiento concursal 22/2009, seguido a instancia de la Procuradora Dña. Enma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de J.A. Santiago E Hijos, S.L., con C.I.F. B-35.468.701; se ha dictado auto en fecha 3 de junio de 2011, en cuya parte dispositiva consta lo siguiente: Se acuerda poner fin a la fase común del concurso de J.A. Santiago E Hijos, S.L. y la apertura de la fase liquidación. Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título II y III de la presente Ley. Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber al administrador concursal que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal. Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días siguientes a la última publicación de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Hágase saber al administrador concursal que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto. Las Palmas de G.C., 16 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal13/07/2009⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.Ordonnance 06/07/2009
EDICTO D.ª María Victoria Basanta Eiras SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º UNO DE LAS PALMAS Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000022/2009 referente a J. A. Santiago E Hijos S.L., con domicilio social en la calle Fray Tomás Morales, n.º 15, Ingenio y con C.I.F. B-35.468.701 e inscrita en ese Registro Mercantil en el Tomo 1325 de Sociedades, Folio 85, Hoja número GC-17325, Inscripción 1.ª, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones del presente edicto que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el Boletín Oficial del Estado. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de G.C., 6 de julio de 2009.- Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal28/04/2009⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.Proc. 22/2009Ordonnance 19/03/2009
Edicto Doña María de los Ángeles Lago Alonso, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Las Palmas, Por el presente se Hace Saber que en procedimiento concursal número 22/2009 seguido a instancias de la Procuradora Doña Emma Crespo Ferrándiz en nombre y representación de "J.A. Santiago E Hijos, Sociedad Limitada Unipersonal" con C.I.F. B-35468701 y domicilio social en la calle Fray Tomás Morales, número 15 del término Municipal de Ingenio, provincia de Las Palmas, se ha dictado Auto en el día 19 de marzo de 2009, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares: Se declara el concurso de "J.A. Santiago E Hijos, Sociedad Limitada Unipersonal", el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado. A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Se designa como Administrador del concurso al letrado Álvaro Campanario Hernández. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la última de las publicaciones acordadas en el Auto, dentro de las que con carácter obligatorio establece el artículo 23 en su apartado uno. Tomás Luis Martín Rodríguez.- Magistrado-Juez.- María de los Ángeles Lago Alonso.- Secretaria.- Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal se expide el presente Edicto en, Las Palmas de Gran Canaria, 20 de marzo de 2009.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.