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Procédure collective
LINO PASCUAL SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43483502Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 22/02/2014 → 07/03/2024
- Procédure
- 548/2013
- Tribunal
- Mercantil - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso07/03/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 548/2013Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 02/02/2024
SE DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO
- Otro acto concursal06/03/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 548/2013Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 20/07/2023
RENDICION DE CUENTAS
- Otro acto concursal09/01/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 548/2013Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 20/07/2023
En el procedimiento indicado, el día 20-7-2023 se ha dictado una resolución por la que se acuerda dar publicidad a la presentación por la administración concursal de informe final de conclusión del concurso por insuficiencia de bienes.
- Declaración de concurso22/02/2014⚖️ TARRAGONAProc. 548/2013Ordonnance 12/02/2014
Edicto. El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 548/2013-2 se ha dictado en fecha 03/02/14 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de LINO PASCUAL, S.L., con CIF B-43483502 y domicilio social en pol. In. Dyna, calle Sabadell, 36, Reus (Tarragona), representada por el procurador MARTA LÓPEZ CANO, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado, siendo sustituido por la Administración Concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Josep Lluís Ribera Mercadé con dirección de correo [email protected], la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador, en dicho e-mail, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Tarragona, 12 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.