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Procédure collective
LLOPIS URBANA SL
CIF B96506100Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 13/10/2009 → 31/01/2011
Chronologie du dossier
- Convenio de acreedores31/01/2011⚖️ VALENCIAOrdonnance 11/03/2011
Doña Amparo Prieto Trenco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, Hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores 427/09 relativos a la mercantil Llópis Urbana S.L., con domicilio en Genovés (Valencia), c/ Jaime I, 22, y CIF B-96506100, se ha dictado auto de esta fecha por el que se decreta la terminación de la fase común del concurso y la apertura de la fase de convenio, señalándose para que tenga lugar la pertinente Junta de Acreedores el próximo día 11 de marzo de 2011 a las diez horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115-3 Ley Concursal. Deberán comparecer con los documentos originales que acrediten su identidad y la presentación en que intervengan, en su caso. Lo que se hace saber para general conocimiento y a los efectos del artículo 111-2 en relación con el artículo 23 Ley Concursal. Valencia, 16 de diciembre de 2010.- La Secretario Judicial.
- Declaración de concurso13/10/2009⚖️ VALENCIA.Ordonnance 01/09/2009
Don Juan García Mollá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores 427/09 se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Llópis Urbana, S.L., con CIF B-96506100 y domicilio en Genovés (Valencia), Calle Jaime I, 22 habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administradores concursales. Se llama por este Edicto a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes puedan comunicar sus créditos. Valencia, 1 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.