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Procédure collective

LLOSAN CONSCONCA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B43659986Voir la fiche société

Publications
518/03/201412/04/2021
Procédure
669/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal12/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 669/2013Ordonnance 25/01/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso12/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 669/2013Juge : SIN ASIGNAR SIN ASIGNAROrdonnance 25/01/2021

    PUESTA DE MANIFIESTO PLAN DE LIQUIDACION

  3. Otro acto concursal11/02/2021
    ⚖️ TARRAGONAProc. 669/2013Ordonnance 25/01/2021

    D. Juan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º1 de Tarragona, Hago saber que: En el concurso n.º 669/2013 se dictó un auto de fecha 25 de enero de 2021 por el que se ha declarado concluso el concurso de LLOSAN CONSCONCA, S.L., con CIF B-43659986. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art 481 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistente en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Tarragona, 25 de enero de 2021.- El Letrado de la Adminsitración de Justicia, Juan Holgado Esteban.

  4. Conclusión del concurso05/02/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 669/2013Juge : CESAR SUAREZ VAZQUEZOrdonnance 25/01/2021

    AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO

  5. Declaración de concurso18/03/2014
    ⚖️ TARRAGONAProc. 669/2013Ordonnance 12/02/2014

    Edicto El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 669/2013-5 se ha dictado en fecha 12/02/14 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de LLOSAN CONSCONCA, S.L., con CIF B43659986 y domicilio social en polígono industrial de Pira, nave 14 de Pira (Tarragona), representada por el Procurador Angel R. Fabregat Ornaque y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, siendo sustituida por la Administración Concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Daniel Tomás Torné con email: [email protected] la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente Tarragona, 12 de febrero de 2014.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.