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Procédure collective
LOBSTERIE MAD SL
CIF B87417457Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 26/09/2020 → 17/04/2021
- Procédure
- 972/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso17/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 972/2020Juge : Amagoia Serrano BarrientosOrdonnance 09/09/2020
Declarar al deudor Mario Markovich Trailovich con DNI 45125910-W, en situación de concurso consecutivo
- Otro acto concursal15/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 972/2020Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 09/09/2020
En Concurso Abreviado 1681/2019 del Juzgado Mercantil 14 Madrid, se acuerda la apertura fase de liquidación y en 15 días la Adm Concursal debe presentar un plan de liquidación y la sociedad se declara disuelta
- Otro acto concursal26/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 972/2020Ordonnance 09/09/2020
Edicto D. Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 LC (actualmente 35 del Texto Refundido de Ley Concursal TRLC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 972/2020 referente al deudor Lobsterie Mad, S.L. con CIF B87417457 y domicilio social en la calle Gravina, 17, bajo, 28004 Madrid, por auto de fecha 09/09/2020 se ha decretado la declaración y conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa 176 bis 2 y 3 LC (actualmente 470 TRLC). 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3 LC (actualmente art. 485 TRLC) declarar su extinción. Madrid, 9 de septiembre de 2020.- El letrado de la Administración de Justicia, don Luis Espinosa Navarro.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.