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Procédure collective

LOFT VALTERNA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B97531883Voir la fiche société

Publications
316/02/201305/03/2018
Procédure
01/2018 · 3/2009
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso05/03/2018
    ⚖️ VALENCIAProc. 01/2018Ordonnance 17/11/2017

    Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 001454/2012 habiéndose dictado en fecha 11/01/2018 por la Ilustrísima Señora Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1. Se Declara la Conclusión del Concurso Ordinario Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 001454/2012, promovido por la Procuradora Señora Miralles Piqueres, Carmen, en nombre y representación de la Mercantil Loft Valterna, S.L. y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Don Francisco Paula Martín Catala Boix, con DNI número 19.901.661-Z, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4. Se acuerda declarar la Extinción de a mercantil Loft Valterna, S.L., con CIF B97531883, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Artículo 177 de la L.C.)y tiene carácter de firme. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 17 de noviembre de 2017. En Valencia a, 11 de enero de 2018.- Letrada de Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación04/06/2013
    ⚖️ VALENCIAProc. 3/2009Ordonnance 14/05/2013

    Edicto Doña Pilar LLuna Gasco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presenta hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Loft Valterna, S.L., con el número de registro 001454/2012 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 14 de mayo 2013 con el siguiente tenor literal: Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador administradores de la empresa concursada ( artículo 145 LC). Se declara la disolución de la mercantil concursada Loft Valterna, S.L., con CIF B-97531883, lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, don Francisco Paula Martín Catalá Boix, con DNI 19901661-Z, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 de la LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto Ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado. Expídase testimonio de la presente resolución a efectos de publicidad en el BORME en los términos legalmente previstos. Expídase mandamiento al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución. Fórmense la Sección Quinta del Concurso. Respecto de la Sexta, se formará cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC. Modo de Impugnación: Mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 Ley de Enjuiciamiento Civil). Y para que sriva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente Valencia, 14 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso16/02/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 25/01/2013

    Edicto Dña. M.ª Teresa García Grande, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 001454/12, habiéndose dictado en fecha 25/1/13 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Loft Valterna, S.L., con CIF B97531883, y domicilio en Torrent (Valencia), Plaza Corts Valencianes, núm. 22-18, y CIF núm. B.97531883, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 8041, libro 5334, folio 169, hoja V-102077, que se seguirá por los trámites de procedimiento concursal voluntario ordinario, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Francisco Paula Martín Catalá Boix con DNI 19.901,661Z, Economista; con despacho profesional en Valencia, Plaza Conde del Real 1 bajo 46003, tel. 963152195, y correo electrónico [email protected]., expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 LC. Valencia, 25 de enero de 2013.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.