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Procédure collective
LONDONTEXTIL SL EN LIQUIDACION
CIF B10467629Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 03/09/2020 → 17/06/2021
- Procédure
- 364/2020
- Tribunal
- PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÁCERES
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal17/06/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 364/2020Juge : GUILLERMO ROMERO GARCÍA-MORAOrdonnance 19/01/2021
Se ha puesto de manifiesto el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la Administración concursal. El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de 15 DÍAS, formular observaciones y modificaciones
- Otro acto concursal02/03/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 364/2020Juge : GUILLERMO ROMERO GARCIA-MORAOrdonnance 02/12/2020
Se pone en conocimiento de ese Registro, a los efectos previstos en el artículo 294 del TRLC, que por la Administración Concursal se ha presentado en plazo el informe previsto en el artículo 290 del TRLC, a fin de que se proceda a su publicación
- Otro acto concursal17/02/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÁCERES Proc. 364/2020Juge : RAUL NICOLÁS GARCÍA OREJUDOOrdonnance 05/10/2020
Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de SHOPMAGAZINE SOLUTIONS,SL. Se ha acordado el dese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada.
- Declaración de concurso17/02/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÁCERES Proc. 364/2020Ordonnance 05/10/2020
Auto de declaración de concurso
- Apertura de liquidación24/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÁCERES Proc. 364/2020Juge : ISABEL CONEJO BARRANCOOrdonnance 10/11/2020
Que admitiendo a trámite la solicitud de CONCURSO VOLUNTARIO, declaro en Concurso a J.L. MOLINA SUR S.L. con CIF nº B-92.672.740 inscrita en el Registro Mercantil de Málaga, al tomo 3916, libro 2827, folio 23, hoja núm MA-80335
- Declaración de concurso14/10/2020⚖️ CÁCERESOrdonnance 08/10/2020
Edicto D./D.ª Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000364 /2020 y NIG n.º 10037 41 1 2020 0003534, se ha dictado en fecha 5-10-2020 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor LONDON TEXTIL, S.L., con CIF n.º B10467629, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Londres n.º 44, 10.005 Cáceres. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal al Abogado D. RAFAEL RUIZ CASTELLANOS, con domicilio postal en C/ Comandante Sánchez Herrero n.º 2 Bajo-6; 10004 Cáceres y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 y siguientes del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Cáceres, 8 de octubre de 2020.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, Juan Fernando Montero Manchado.
- Otro acto concursal03/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÁCERES Proc. 364/2020Juge : ANTONIO PEDREIRA GONZALEZOrdonnance 05/10/2020
Que en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000040/2020 referente al deudor JM GOLF 2008 SLU, con CIF nº B12927646 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refieren los artículos 95 y siguientes
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.