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Procédure collective

LOS BOLILLAS SL

CIF B30224661Voir la fiche société

Publications
227/10/201114/10/2014
Procédure
267/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal14/10/2014
    ⚖️ MURCIAProc. 267/2011Ordonnance 11/09/2014

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 267/2011 de Los Bolillas, S.L., con CIF: B-30224661, se ha dictado el 11 de septiembre de 2014 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.º El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 30 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso27/10/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MurciaOrdonnance 17/10/2011

    Edicto Don Pedro Adan Ruiz-Erans Vivancos, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección Primera, concurso abreviado 0000267 /2011 se ha dictado a instancias de Los Bolillas, S.L., con CIF. B-30224661, en fecha 17 de octubre de 2011 auto de declaración de concurso voluntario, por el trámite abreviado del deudor Los Bolillas, S.L., con CIF. B-30224661, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Caravaca de la Cruz (Murcia), Avda. Juan Carlos I, núm. 19-21 bis. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Murcia, 19 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.