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Procédure collective

LUCLARES SL

CIF B92547967Voir la fiche société

Publications
217/10/201129/07/2016
Procédure
01/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 bis

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal29/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaOrdonnance 10/05/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento número 879/11, por auto de fecha 10 de mayo de 2016 se ha declarado concluido el concurso voluntario al deudor Luclares, S.L., con CIF n.º B92547967, con domicilio en calle Los Almendros, n.º 12, Málaga. Málaga, 12 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal17/10/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 bisProc. 01/2011Ordonnance 23/09/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 bis en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 879.01/2011, por auto de 21/09/11 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Luclares, S.L., con CIF B92547967, domicilio en calle Almendros, 12, 29018-Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC ). Málaga, 23 de septiembre de 2011.- Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.