Procédure collective
LUIS LAINZ SL
CIF B39432828Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 26/12/2013 → 17/03/2018
- Procédure
- 415/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso17/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SantanderProc. 415/2013Ordonnance 12/03/2018
EDICTO Dª. María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 415/2013 se ha acordado por Auto de fecha 12 de marzo de 2018, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por, insuficiencia de masa activa del concursado LUIS LAINZ, S.L., CIF B39432828, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal.. 5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de LUIS LAINZ, S.L., CIF B39432828 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander, conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 14 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal26/12/2013⚖️ SANTANDEROrdonnance 18/11/2013
María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal 0000415/2013, por auto de fecha 18 de noviembre de 2013 se ha declarado en concurso al deudos Luis Lainz, S.L., con C.I.F. número B39432828, y con domicilio en calle Canalejas, 11H, 4.º N, de Santander. 2º- Que elo deudor queda suspendido en el ejercicio de las facultades de administración de su patrimonio, quedando sujeto al régimen de sustitución por la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazopara esta comunicación es el de un mes, a contar desde la última publicación de los anunciosque se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5º.- Que ha sido designado administrador concursal Don Agustín Castro Alonso, con DNI 16514840N, con domicilio profesional en C/ Antonio López, n.º 8, Santander, Cantabria, y con número de teléfono 942943239, fax 942940503 y correo electrónico [email protected] Santander, 25 de noviembre de 2013.- El/la Secretario.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.