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Procédure collective

LUMINOSOS TOVAR SA EN LIQUIDACION

CIF A30220271Voir la fiche société

Publications
209/01/201726/03/2018
Procédure
445/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal26/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 445/2016Ordonnance 22/03/2018

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Anuncia 1.- Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 445/2016 de LUMINOSOS TOVAR, S.A., con A30220271 se ha dictado el 22 de marzo de 2018 Auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El Auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 22 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso09/01/2017
    ⚖️ MURCIAProc. 445/2016Ordonnance 19/12/2016

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 445/2016 y NIG n.º 30030 47 1 2016 0001020 se ha dictado en fecha 19 de diciembre de 2016 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor LUMINOSOS TOVAR, S.A., con CIF A-30220271, cuyo domicilio social lo tiene en Murcia, Carretera de Mazarrón, km 2. 2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la SOCIEDAD PACTUS CREDITORUM, S.L., con domicilio postal Gran Vía Escultor Salcillo, 8, esc. 3, 4.º D, 30008, Murcia y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 27 de diciembre de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.