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Procédure collective
LUX DIRECT ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA
CIF A28014736Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 31/10/2011 → 02/02/2016
- Procédure
- 363/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal02/02/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 363/2011Ordonnance 19/01/2016
Edicto. Doña Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 363/2011 referente al concursado Lux Direct España, S.A. C.I.F. A28014736 se ha dictado auto de fecha diecinueve de enero de dos mil dieciséis en el que se ha acordado lo siguiente: La conclusión y archivo del concurso de Lux Direct España, S.A. cesando a todos los efectos de la declaración del concurso. El cese en su cargo del administrador concursal don Antonio López Aparcero aprobándose las cuentas formuladas. Remitir mandamiento al Registro Mercantil, señalando la conclusión y el archivo del concurso a los efectos oportunos y a los registros de la Propiedad donde este anotado el concurso. Madrid, 19 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal31/10/2011⚖️ MADRIDOrdonnance 19/10/2011
Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la LCo., anuncia: 1.º Que en el procedimiento de Concurso voluntario abreviado de acreedores con el número CNA 363/11por auto de fecha 14/10 /11 se ha declarado en concurso voluntario abreviado de acreedores a la mercantil LUX DIRECT ESPAÑA, S.A., con CIF A-28014736, domicilio social Coslada (Madrid), calle Alcarroa. 7, oficina 1.1, y cuyo centro principal de intereses lo tiene en el mismo centro. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio que se ha ordenado publicar en el BOE. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado mediante escrito través del Decanato ( artículo 184.3 LC). Madrid, 19 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.