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Procédure collective

MACRAUT INGENIEROS SL

CIF B36730877Voir la fiche société

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114/11/201614/11/2016

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso14/11/2016
    ⚖️ PONTEVEDRAOrdonnance 24/10/2016

    D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Letrado del la Administración de Justicia de Xdo do Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000365/2016 se ha dictado en fecha 24 de Octubre de 2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor MACRAUT INGENIEROS, S.L., con CIF B-36.730877 cuyo centro de intereses principales lo tiene de la calle Paz Pardo, n.º 37, de Vigo. 2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición la entidad deudora. 3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal. 4.º Se declara disuelta la entidad MACRAUT INGENIEROS, S.L., con CIF B-36.730.877. 5.º Se ha designado, como Administración concursal a la abogada Dña. María Belén Sanmartín Fernández, con DNI 36076896-Q, con domicilio postal en la calle Genaro Borrás, n.º 2, 3.º E, de Vigo (CP 36210), y dirección electrónica señalada: [email protected] para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos. 6.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal desginada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postas o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concusal). Vigo, 24 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.