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Procédure collective
MADERAS EL REAL SOCIEDAD LIMITADA
CIF B44013431Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 21/11/2022 → 21/05/2026
- Procédure
- 263/2014
- Tribunal
- SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TERUEL N.º 1 · PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TERUEL Nº 001 · Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 1 · JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION DE TERUEL 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso21/05/2026⚖️ SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TERUEL N.º 1Proc. 263/2014Juge : JUAN JOSÉ CORTÉS HIDALGOOrdonnance 21/05/2026
CONCLUSION Y APROBACION CUENTAS
- Otro acto concursal30/04/2026⚖️ SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TERUEL N.º 1Proc. 263/2014Juge : JUAN JOSE CORTES HIDALGOOrdonnance 30/04/2026
póngase de manifiesto dicho informe en la Oficina Judicial por 10 DIAS, a todas las partes personadas a los efectos acordados en el 473 y ss del TRLC
- Otro acto concursal07/01/2026⚖️ PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TERUEL Nº 001Proc. 263/2014Juge : JUAN JOSÉ CORTÉS HIDALGOOrdonnance 20/11/2025
Que ESTIMANDO la solicitud de calificación del concurso de la sociedad MADERAS EL REAL SL, DEBO DECLARAR Y DECLARO CULPABLE EL CONCURSO
- Otro acto concursal27/02/2024⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 1Proc. 263/2014Juge : JUAN JOSE CORTES HIDALGOOrdonnance 10/01/2024
Se tiene por aportado por la Administración Concursal informe actualizado sobre el listado de acreedores e inventario de bienes y derechos de la concursada.
- Apertura de liquidación15/11/2023⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 1Proc. 263/2014Juge : JUAN JOSE CORTES HIDALGOOrdonnance 26/10/2023
Abrir fase de liquidación- suspensión del ejercicio facultades adm y disposicion sobre su patrimonio- disolucion MADERAS EL REAL- reposición en el cargo del AC.
- Conclusión del concurso21/11/2022⚖️ JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION DE TERUEL 1Proc. 263/2014Juge : VICTOR HEREDIA DEL REALOrdonnance 20/05/2026
CONCLUSION
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.