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Procédure collective

MADERAS EROGA SL

CIF B20472650Voir la fiche société

Publications
204/10/201017/05/2011
Procédure
534/2010

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación17/05/2011
    ⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 534/2010Ordonnance 03/05/2011

    Edicto EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - San Sebastian, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 534/2010 referente al concursado Maderas Eroga, S.L., con CIF B20472650, por auto de fecha 03/05/2011 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Maderas Eroga, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los Diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable En Donostia- San Sebastuián a, 3 de mayo de 2011.- Doña M.ª Isabel Villoslada Torquemada, Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal04/10/2010
    ⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 534/2010Ordonnance 20/09/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Consursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 534/2010, por auto de 20 de septiembre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Maderas Eroga, S.L. con NIF B20472650, con domicilio en Paseo Egiburuberri Pasalekua, n.º 17 A- 20100 Errenteria y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Errenteria. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de Quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). En Donostia-San Sebastián a, 20 de septiembre de 2010.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.