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Procédure collective

MADERAS Y PUERTAS ALCALA SL

CIF B11323185Voir la fiche société

Publications
311/05/201113/01/2023
Procédure
7/2011
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/01/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1Proc. 7/2011Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARUBIAOrdonnance 22/09/2022

    SE DECLARA EN CONCURSO Y SE ABRE LA FASE DE LIQUIDACIÓN

  2. Otro acto concursal13/01/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1Proc. 7/2011Juge : CRISTINA MENENDEZ FELEZOrdonnance 22/09/2022

    Declaración de concurso consecutivo abreviado de A.P.F, con apertura de la fase de liquidación y suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor. Nombra Administradora Concursal a Susana Moreno de Lamo.

  3. Otro acto concursal11/05/2011
    ⚖️ CÁDIZOrdonnance 14/04/2011

    Edicto. Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 7/11, por auto de 14 de abril de 2011, se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Maderas y Puertas Alcalá, S.L.U.", con CIF B-11323185, domicilio en polígono industrial "Campamento" local número tres, San Roque (Cádiz). 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 27 de de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.