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Procédure collective

MADIVI CONS BCN SL

CIF B65526568Voir la fiche société

Publications
206/04/201302/01/2015
Procédure
59/2013 · 59/2001

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso02/01/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 59/2013Ordonnance 09/12/2014

    Edicto dando publicidad al archivo de concurso. Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 59/2013, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad MADIVI CONS BCN, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso Voluntario 59/2013 Sección C4. NIG del procedimiento.- 0801947120128007229. Entidad Concursada.- MADIVI CONS BCN, S.L., con CIF n.º B65526568. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 01/12/2014. Dado en Barcelona, 9 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso06/04/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 59/2001Ordonnance 15/03/2013

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 59/20013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Madivi Cons BCN, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 59/2013 Sección C4. Nig del procedimiento.- 0801947120128007229. Entidad concursada.- Madivi Cons BCN, S.L., con CIF número B-65526568. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 11/02/2013. Administrador concursal.- Don Alexandre Folch Sarroca, como Administrador Concursal único, con correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 15 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.