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Procédure collective
MADRILEÑA DE RIEGOS SA
CIF A78611514Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 17/03/2014 → 14/10/2017
- Procédure
- 59/2014
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal14/10/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 59/2014Ordonnance 26/05/2017
Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso ordinario 59/2014, por auto de fecha 26/05/2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3 de la concursada MADRILEÑA DE RIEGOS, S.A., con C.I.F. A-78611514. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 26 de mayo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal24/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridOrdonnance 09/07/2014
Edicto Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en el procedimiento concursal n.º 814/13 del deudor MADRILEÑA DE RIEGOS, S.A., C.I.F. n.º: A-78611514, se ha presentado el informe de la Administración concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de Abogado y Procurador. En la demanda de incidente concursal y contestación a la misma, si las partes quieren que se celebre vista necesariamente deberán justificar la pertinencia y utilidad de los medios de prueba propuestos. Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 9 de julio de 2014.- Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación24/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridOrdonnance 09/06/2014
Edicto Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario 59/14, a instancias de la entidad MADRILEÑA DE RIEGOS, S.A., con C.I.F.: A-78611514, en el que recayó resolución de fecha 9 de junio de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se abre la fase de liquidación." "Se declara disuelta la mercantil concursada MEIR, S.A., cesando en sus funciones los Administradores que serán sustituidos por la Administración concursal." "Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones." Y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 9 de julio de 2014.- Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal17/03/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridOrdonnance 27/02/2014
Edicto. Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Ordinario 59/14, en el que recayó Auto de fecha 27 de febrero de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a MADRILEÑA DE RIEGOS, S.A., con C.I.F. A-78611514". "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal Iliquidis S.L.P. y en su nombre y representación Don José Fernando Marín Lázaro, mediante comunicación dirigida a calle Bravo Murillo, 377, 3.º G-H, 28020 Madrid, o por correo electrónico a [email protected], la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al juzgado". Y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 5 de marzo de 2014.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.