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Procédure collective

MAJAUTO SOCIEDAD ANONIMA

CIF A28591410Voir la fiche société

Publications
318/06/201217/04/2018
Procédure
165/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación17/04/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 165/2012Ordonnance 13/04/2018

    D. Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 al que remite el 177.3 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: En el procedimiento concursal n.º 165/2012 del deudor MAJAUTO, S.A. EN LIQUIDACIÓN con CIF: A-28591410 se ha dictado auto con fecha 11/04/2018 por el que se ha declarado concluso el concurso por fin de la fase de liquidación. (Art. 152 LC). En la misma resolución se ha acordado: 1. El cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes. 2. La extinción de la persona jurídica deudora. 3. El cese de la de la Administración concursal. El citado auto es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC). Madrid, 13 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal06/02/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 165/2012Ordonnance 18/01/2013

    D. Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento número 165/2012, referente al deudor Majauto, S.A., en liquidación, con C.I.F.: A-28591410., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computados desde a última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que no se hayan personado y que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. 4. Igualmente, ha sido presentado por la Administración concursal plan de liquidación, quedando a disposición de los interesados en la Secretaria de este Juzgado. Dentro de los quince días siguientes a la puesta de manifiesto del plan, el deudor y los acreedores concursales podrán formular observaciones o propuesta de modificación del mismo. Madrid, 18 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal18/06/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 165/2012Ordonnance 10/05/2012

    Don Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 165/2012, por auto de fecha 10 de mayo de 2012 se ha declarado en concurso Voluntario-Ordinario al deudor Majauto, S.A. en Liquidación con C.I.F.: A-28591410, con domicilio en la Carretera de Boadilla, 88, de Majadahonda (Madrid). 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada, el Abogado don Víctor Saval Romaní, por la entidad Par Conditio, S.L.P., con domicilio en la calle Ferraz 11, 2.º-Izda., 28008 Madrid, Tfno.: 96 384 60 00, Fax.: 96 384 53 09 y correo electrónico: [email protected] La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración Concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y N.I.F. del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración Concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. Las personaciones de los interesados conjunta con la comunicación de crédito en el Juzgado sólo producirá efecto respecto a la personación, pero ninguno respecto de la comunicación. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). 5.º Se acuerda la apertura de la Sección de Liquidación a propia instancia del deudor concursado. Se acuerda la disolución social de Majauto, S.A. en Liquidación, cuya liquidación en los aspectos patrimoniales se realizará en el seno del concurso. Se acuerda el cese de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal. Se declara el vencimiento anticipado de todos los créditos y su conversión en dinero, sin perjuicio de los descuentos que pudiera haber lugar. Deberá la Administración Concursal presentar propuesta del plan de liquidación en los términos del art. 148 LC, junto con el informe del art. 75 LC. Madrid, 30 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.