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Procédure collective

MANZANEDA MASELLA SL

CIF B85056083Voir la fiche société

Publications
327/06/201306/05/2022
Procédure
308/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal06/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 308/2013Juge : MARIA ISABEL FRADE HEVIAOrdonnance 21/04/2022

    DECLARAR EN SITUACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO a D JOSÉ ANTONIO COLL FERNÁNDEZ.

  2. Conclusión del concurso06/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 308/2013Juge : RAUL NICOLÁS GARCIA OREJUDOOrdonnance 21/04/2022

    Informe de la Administración concursal

  3. Otro acto concursal27/06/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 308/2013Ordonnance 06/06/2013

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 308/2013, por auto de fecha 6 de junio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Manzaneda Masella, S.L., con domicilio en Madrid, Distrito Aravaca, calle Príncipe de Viana, 17, apartamento 105, y CIF B-85056083 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, PGM Iuris Consulting, S.L.P., con despacho profesional en calle Ibiza, 37, 2.º Centro Dcha., teléfono 91.825.30.60, fax 93.496.18.95, y correo electrónico [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 19 de junio de 2013.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.