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Procédure collective
MARITIMA BIZCAINA SOCIEDAD ANONIMA
CIF A48091557Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 11/06/2018 → 11/02/2020
- Procédure
- 319/2018
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación11/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de BilbaoProc. 319/2018Ordonnance 03/02/2020
Edicto Fernanda Abiega Gil, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Que en el procedimiento concursal número 319/2018 en el que figura como concursado/a Marítima Bizcaina S.A., CIF A48091557, se ha dictado el 3/2/2020 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 3 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
- Apertura de liquidación11/06/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 319/2018Ordonnance 16/04/2018
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 319/2018, NIG 48.04.2-18/011646, por auto de 16/04/2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Marítima Bizcaina, S.A., con CIF A-48091557, con domicilio en c/ Alameda Recalde, n.º 18, 7.º, de Bilbao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191.ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración concursal. Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. Tercero.- Que la Administración concursal está integrada por la entidad Administración Concursal Integral, S.L.P, con CIF B95670683, cuyo representante en este concurso es D. Juan Carlos Pérez de Unzueta, con DNI: 16.241.974-H, economista, con domicilio en c/ Ajuriaguerra, n.º 4, 1.º dcha., de Bilbao (48009), Bizkaia, Tf: 944230766; n.º fax: 944231645, y Email: [email protected] Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao (Bizkaia), 16 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.