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Procédure collective

MARIUCA CHANTAL SL

CIF B39346606Voir la fiche société

Publications
222/09/201609/10/2017
Procédure
368/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso09/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SantanderProc. 368/2016Ordonnance 05/10/2017

    Edicto Doña María de las Nieves García Pérez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander. Hago saber; Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 368/2016 se ha acordado por Auto de fecha 5 de octubre de 2017, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado MARIUCA CHANTAL S.L. CIF B39346606, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de MARIUCA CHANTAL S.L. CIF B39346606 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 5 de octubre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal22/09/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SantanderOrdonnance 06/09/2016

    Edicto Emiliano J. del Vigo García, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber: 1.º- Que en el procedimiento concursal 0000368/2016, por auto de fecha 6 de septiembre de 2016 se ha declarado en concurso al deudor MARIUCA CHANTAL S.L., con CIF número B39346606, y con domicilio en Vargas, 55 B, Santander. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5º- Que ha sido designado administrador concursal doña Belén Alonso Rincón, nombrada administrador concursal, con DNI número 13752103M, mayor de edad, con domicilio profesional en calle Lealtad, n.º 18, 5.º izda., de Santander, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 942213481 y 616639983 número de fax 942214016 correo electrónico [email protected] Santander, 8 de septiembre de 2016.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.