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Procédure collective
MARIVELA HERNAN SA
CIF A81595738Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 19/12/2011 → 30/05/2019
- Procédure
- 658/11 · 658/2011
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · MERCANTIL - 4 · Juzgado de lo Mercantil n.º4 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal30/05/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 658/11Juge : FATIMA DURAN HINCHADOOrdonnance 04/04/2019
Auto de aprobación del plan de liquidación
- Otro acto concursal22/04/2019⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 658/2011Juge : FATIMA DURAN HINCHADOOrdonnance 04/04/2019
1.- Que en el Concurso Abreviado 658/2011 voluntario referente al concursado MARIVELA HERNAN S.A, se ha dictado con fecha 04.04.2019 Auto de aprobación del plan de liquidación, presentado por la administración concursal.
- Otro acto concursal19/12/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º4 de MadridProc. 658/2011Ordonnance 30/11/2011
El Juzgado de lo Mercantil n.º4 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 658/2011, por auto de 30/11/11 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Marivela Hernan, S.A., con domicilio en Paseo de la Castellana, n.º 123, de Madrid y CIF A-81595738, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 30 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.