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Procédure collective
MARMOLES PEDRUSCO SL EN LIQUIDACION
CIF B54939798Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 28/11/2019 → 30/01/2020
- Procédure
- 544/2019
- Tribunal
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº1 de Alicante
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal30/01/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 544/2019Juge : LEANDRO BLANCO GARCIA LOMASOrdonnance 20/01/2020
AUTO APROBANDO EL PLAN DE LIQUIDACION Y ACORDANDO LA FORMACION DE LA SECCION SEXTA DE CALIFICACION DEL CONCURSO
- Otro acto concursal28/11/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº1 de AlicanteProc. 544/2019Ordonnance 19/11/2019
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 19 de noviembre de 2019 en el procedimiento con número de autos 544/2019-C y N.IG.03014-66-1-2019-0001740 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Mármoles Pedrusco, S.L., con CIF B-54939798 y domicilio en la carretera Novelda-Monóvar, kilómetro 0,2. Novelda (Alicante). Segundo.- Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado Administrador concursal doña Hermenegilda Rives Quirante, con DNI nº 74001778Z, en calidad de Abogado, con domicilio postal en avenida Teodomiro nº 56, Entresuelo (CP 03300 de Orihuela, Alicante). Teléfono 966 740 047 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presenta en el Boletín Oficial del Estado. Alicante, 22 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Cifo González.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.