AccueilJusticeMASJOR SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

MASJOR SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48415467Voir la fiche société

Publications
424/05/201103/02/2016
Procédure
299/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao anuncia:

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/02/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao anuncia:Proc. 299/2011Ordonnance 15/01/2015

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao anuncia: Que en el procedimiento concursal número 299/2011 en el que figura como concursdo/a Masjor, S.L., CIF B48415467, se ha dictado el 15/01/15 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se ha acordado también la extinción de las persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 15 de enero de 2015.- La letrada de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación16/05/2012
    ⚖️ BILBAOProc. 299/2011Ordonnance 27/04/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 299/2011, referente al concursado Masjor, S.L., con DNI B48415467, por auto de fecha 27/04/2012, se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.-Se ha declarado disuelta la mercantil Masjor, S.L., CIF B-48415467, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 27 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

  3. Convenio de acreedores20/02/2012
    ⚖️ BILBAOProc. 299/2011Ordonnance 26/04/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: 1,- Que en el procedimiento concursal número 299/2011 referente al concursado Masjor, S.L., con CIF.: B-48415467 se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 26 de abril de 2012 a las 11:00 horas en la Sala número 22 sita en planta baja. 2.- Hasta 40 días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Dado en Bilbao (Bizkaia), 30 de enero de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  4. Otro acto concursal24/05/2011
    ⚖️ BILBAOOrdonnance 05/05/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 299/11, por auto de 5 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Masjor, S.L., con NIF B48415467, con domicilio en calle Lehendakari Leizaola, número 21, 5.º A, Bilbao (Bizkaia), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la circunscripción de esta jurisdicción. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao (Bizkaia), 5 de mayo de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.