AccueilJusticeMASTABA 05 SL

Procédure collective

MASTABA 05 SL

CIF B73399164Voir la fiche société

Publications
210/10/201717/12/2018
Procédure
375/2017
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal17/12/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 375/2017Ordonnance 13/12/2018

    Edicto Doña Ana Maria Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Anuncia 1.-Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 375/2017 de MASTABA 05, S.L.U., con CIF B73399164, se ha dictado el 13 de diciembre de 2018 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.-El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y par que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 13 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso10/10/2017
    ⚖️ MURCIAProc. 375/2017Ordonnance 27/09/2017

    Edicto D./D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 375/2017 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0000711 se ha dictado en fecha 27 de septiembre de 2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor MASTABA 05, S.L.U. con CIF B73399164, cuyo domicilio social lo tiene en Murcia, Avenida del Rocío, 16, 5º-E. 2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad ANDREU Y GÓMEZ SOLER, S.L.P. con domicilio postal en Murcia, c/ Ricardo Gil, n.º 26-1.º, 30002- Murcia-, teléfono 965449144 y fax 966260252 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 4 de octubre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.