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Procédure collective

MASTER KEY SA

CIF A58447186Voir la fiche société →

Publications
2 — 16/06/2014 → 26/07/2016
Procédure
293/2014

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso26/07/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 293/2014Ordonnance 05/04/2016

    Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta. Número de asunto.- Concurso voluntario 293/2014 6. Tipo de concurso.- Voluntario. Entidad instante del Concurso y CIF.- MASTER KEY, S.A., CIF A58447186. Fecha del auto de conclusión.- 5 de abril de 2016. Acuerdo la conclusión del concurso de MASTER KEY, S.A., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura. Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y la cancelación de sus asientos registrales. Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas. Barcelona, 13 de abril de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

  2. Declaración de concurso16/06/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 293/2014Ordonnance 26/05/2014

    Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta. Numero de asunto: Concurso voluntario 293/2014 6. Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: Master Key, S.A., A-58447186. Fecha del auto de declaración: 26 de mayo de 2014. Administradores concursales: Trinidad Roig Farran en calidad de economista, lo que acredita exhibiendo el DNI núm. 77830455L, con domicilio en 08021 Barcelona calle Av. Diagonal, 604, 4.º, 2.ª y con dirección electrónica [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Régimen de intervención las facultades de la concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.