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Procédure collective
MASTER LINE & PRODIGIO SL
CIF B81160111Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 18/11/2020 → 03/11/2022
- Procédure
- 120/2021
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal03/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 120/2021Juge : ELENA CAMACHO CANOOrdonnance 19/10/2022
INFORME ADMINISTRACION CONCURSAL
- Conclusión del concurso03/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 120/2021Ordonnance 19/10/2022
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal11/05/2022⚖️ Mercantil - 2Proc. 120/2021Juge : D.ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 10/05/2022
AUTO FIJANDO LA RETRIBUCION INICIAL DEL AC EN CONCURSO 120/2021
- Apertura de liquidación27/03/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 120/2021Ordonnance 10/03/2021
Edicto. Doña Adela Moreno Blanco letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el Concurso Abreviado 120/2021, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-020/0243225, por auto de fecha 10.3.2021 se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Master Line & Prodigio, S.L., con n.º de identificación B-81160111 y domiciliada en calle las Minas n.º 1 de Galapagar. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y 257 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es la sociedad CONCURSAL IURE ABOGADOS, SLP, con despacho profesional abierto a efectos de relación directa con concursada, acreedores y Juzgado en la C/ Almagro,2, 1,º Dcha,28010 de Madrid, Tfno:914445680; e mail: [email protected] Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y 256 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso. Madrid, 10 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Adela Moreno Blanco.
- Declaración de concurso17/03/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 120/2021Juge : ADELA MORENO BLANCOOrdonnance 10/03/2021
Se dicta la declaración de concurso, se identifica a la administración concursal y se procede a la apertura de la fase de liquidación del concurso.
- Otro acto concursal18/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 120/2021Juge : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSOrdonnance 10/03/2021
La calificación del presente concurso de la entidad CONSTRUCCIONES Y REFORMAS CAMARENA S.L. como CULPABLE.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.