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Procédure collective
MATERIAL ELECTRICO CONDAL SL
CIF B64249758Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 15/10/2012 → 11/11/2016
- Procédure
- 488/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de los de Barcelona
- Administrateur judiciaire
- D./Dña
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal11/11/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 488/2012Ordonnance 27/10/2016
Doña María Aranzazu Alameda López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 488/2012, en el que se ha dictado Auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad MATERIAL ELÉCTRICO CONDAL, S.L., con CIF núm. B64249758 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 488/2012 Sección C5. NIG del procedimiento.- 08019 – 47 – 1 – 2012 – 8003357. Entidad concursada.- Material Eléctrico Condal, S.L., con CIF n.º B64249758. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha de conclusión.- 27 de octubre de 2016. Barcelona, 27 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso15/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de los de BarcelonaProc. 488/2012Ordonnance 03/09/2012
D./Dña. Antonio Cidraque Arias, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de los de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 488/2012 en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Material Eléctrico Condal, SL, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Numero de asunto: 488/2012 sección C5. Nig del procedimiento: 0801947120128003357. Entidad concursada: MATERIAL ELÉCTRICO CONDAL, S.L., con CIF nº B64249758. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 3 de septiembre de 2012. Administrador concursal: D./Dña. Francisco Javier Barrado Conti, en representación de la sociedad profesional AVRP AUDITORES, SL, con correo electrónico [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art.85 LC: los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse Barcelona, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario en sustitución.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.