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Procédure collective

MAX COLOR-97 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48907893Voir la fiche société

Publications
229/05/201021/02/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia)

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación21/02/2011
    ⚖️ BILBAOOrdonnance 03/02/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 271/10 referente al concursado "Max Color 97, S.L." con CIF B 48907893, por auto de fecha 3 de febrero de 2011 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil "Max Color 97, S.L.", cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 3 de febrero de 2011.- El/La Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal29/05/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia)Ordonnance 17/05/2010

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 271/10, por auto de fecha 17 de mayo de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Max Color 97, S.L.", con CIF B48907893, con domicilio en Carretera San Vicente, n.º 3, bajo, Elguero-Valle de Trapaga (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Trapagaran. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao (Bizkaia), 17 de mayo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.