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Procédure collective
MAZEL INGENIEROS SA
CIF A60505914Voir la fiche société →
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- 1 — 29/05/2014 → 29/05/2014
- Procédure
- 389/2014
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso29/05/2014⚖️ BARCELONAProc. 389/2014Ordonnance 19/05/2014
Doña María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 389/2014-B. Fecha del auto de declaración: 07/11/2013. Tipo de concurso.- Concurso voluntario. Entidad instante del concurso y CIF.- Mazel Ingenieros, S.A. CIF A60505914. Fecha del auto de declaración.- 19 de mayo de 2014. Administradores concursales.- Bufete Marroquín Abogados y Economistas, S.L.P., con domicilio C. Bori i Fontestá, 6, 5.ª, 08021 Barcelona (Barcelona) y teléfono n.º 932013511 y en calidad de sociedad profesional y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representado, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, característicos y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 20 de mayo de 2014.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.