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Procédure collective

MECHANICAL LINKAGE SOLUTIONS SL

CIF B82585837Voir la fiche société

Publications
116/10/201316/10/2013
Procédure
411/2013
Tribunal
Jdo. de lo Mercantil N.º 1 de Valladolid

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso16/10/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil N.º 1 de ValladolidProc. 411/2013Ordonnance 23/09/2013

    D.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil N.º 1 de Valladolid, por el presente hago saber: 1º.- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración de Concurso 411/2013 y NIG n.º 47186 47 1 2013/0000459 se ha dictado en fecha 16/09/13 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Mechanical Linkage Solutions, S.L., con CIF N.º B-82585837, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, domicilio social en Parque tecnológico de Boecillo, edificio CEEI, parcela 137-142, módulo 2.08 y 2.10. 2º.- Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización. Se ha designado como administrador concursal a D. Javier de Uña Velasco, con domicilio postal en Calle Bajada de la Libertad número 10, 3.º izquierda, de Valladolid y dirección electrónica: [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Valladolid, 23 de septiembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.