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Procédure collective

MECUX OFICINAS SL

CIF B50834647Voir la fiche société

Publications
203/08/201003/11/2015
Procédure
230/2010

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso03/11/2015
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 230/2010Ordonnance 21/10/2015

    Edicto EL Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 230/2010-E se ha dictado Auto de fecha 20-10-2015, en el cual se ha acordado la conclusión por inexistencia de bienes y derechos, del concurso del deudor MECUX OFICINAS S.L. con CIF B-50834647. Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 21 de octubre de 2015.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso03/08/2010
    ⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 20/07/2010

    Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantíl N. 2 de Zaragoza, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I, declaración concurso 0000230 /2010 se ha dictado a instancias de Mecux Oficinas, S.L. en fecha 20 de julio de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario de Mecux Oficinas, S.L., con CIF B50834647, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Reino, número 22, de Zaragoza. 2º.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 20 de julio de 2010.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.