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Procédure collective

MED GOLF MACENAS SL

CIF B63749709Voir la fiche société

Publications
405/03/201829/10/2020
Procédure
451/2017 · 02/2018
Tribunal
MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal29/10/2020
    ⚖️ ALMERÍAOrdonnance 20/10/2020

    E D I C T O El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Concursal ( LC), anuncia: Que en el procedimiento número 451/17, por auto de 20 de octubre de 2020 se declara la conclusión del presente concurso necesario, instado por el sr. Procurador D. Salvador Martín García, en nombre y representación de Supracomunidad de Propietarios Macenas Beach & Golf Resort, del deudor Med Golf Macenas S.L. con CIF B-63749709, representada por el Procurador Dña. Pilar Rubio Mañas por término de su liquidación, con extinción de todos sus bienes y derechos de la masa activa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, así como la aprobación de la rendición final de cuentas presentada por la Administración Concursal. Se declara la extinción de la mercantil Med Golf Macenas, S.L. con CIF B-63749709 y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Almería, 22 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.

  2. Conclusión del concurso21/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 451/2017Juge : MARTA ARAGÓN ARRIOLAOrdonnance 20/10/2020

    CONCLUSIÓN CONCURSO

  3. Otro acto concursal27/04/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA Proc. 451/2017Juge : CARLOS MARTINEZ DE MARIGORTA MENENDEZOrdonnance 06/05/2019

    DECLARACION Y SIMULTANEA CONCLUSION CONCURSO

  4. Otro acto concursal05/03/2018
    ⚖️ ALMERÍAProc. 02/2018Ordonnance 21/02/2018

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 451/17, con NIG: 0401342120170009245, por auto de fecha 12/02/2018, se ha declarado en concurso necesario y ordinario, al deudor entidad mercantil Med Golf Macenas, S.L., con domicilio en C/ Cortijo Blanco, s/n, de Mojacar (Almería), 04638, con CIF B-63749709. 2.º Queda ordenada la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso, las cuales serán asumidas por la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Almeconcurs, SLP, y en representación de la misma D. Sixto Miguel Buendía Rodríguez, letrado, con domicilio postal en C/ Reyes Católicos, n.º 28, 4.º-1, 04004 de Almería, con n.º teléfono 635428565, y dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 21 de febrero de 2018.- Doña María Ángeles Bossini Ruiz, Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.