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Procédure collective
MENDIOLA TELECOM SL EN LIQUIDACION
CIF B84288281Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 27/06/2013 → 19/07/2023
- Procédure
- 46/2013
- Tribunal
- MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso19/07/2023⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 46/2013Juge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 17/07/2023
Auto conclusion
- Otro acto concursal17/05/2023⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 46/2013Juge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 17/05/2023
ESCRITO CONCLUSION Y RENDICION DE CUENTAS AC
- Otro acto concursal27/06/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de MadridProc. 46/2013Ordonnance 07/06/2013
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1º.- Que en el procedimiento nº 46/2013, por auto de fecha 29/5/2013. se ha declarado en concurso Voluntario-Ordinario al deudor Mendiola Telecom, S.L., con CIF nº B-84288281. 2º. - Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: D. José Luis Castro Ruiz, C/ Hilarión Eslava, nº 32, 1º dcha., 28015 Madrid, Tfno: 91 543 2 643.; Fax: 91 543 76 01. B).- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico:[email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC). Madrid, 7 de junio de 2013.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.