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Procédure collective
Merce Areny Tallavi co
CIF N78075398Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 19/07/2019 → 19/07/2019
- Procédure
- 220/2019
- Administrateur judiciaire
- Ramon Badia Teruel
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso19/07/2019⚖️ LLEIDAProc. 220/2019Ordonnance 06/05/2019
Antoni Josep Casas Capdevila, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n. 6 de Lleida (mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 220/2019. Nig: 25 12047120198010004. Fecha del auto de declaración. 6 de mayo de 2019. Clase de concurso.concurso consecutivo. Entidad concursada. Merce Areny Tallavi con 78075398N. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: Ramon Badia Teruel. Dirección electrónica: [email protected] Regimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la direccion postal oelectrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC) en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial, sita en Edificio Canyeret 3-5 planta 3 Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento debe hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC) La personación se debe realizar en esta oficina judicial. Direccion electronica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 9 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.