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Procédure collective
MERCURIO HANS ESSER E HIJOS SL EN LIQUIDACION
CIF B36637312Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 19/01/2013 → 24/12/2019
- Procédure
- 543/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal24/12/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de PontevedraProc. 543/2012Ordonnance 10/12/2019
EDICTO Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 543/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado Auto 150/2019, de 10 de diciembre, acordando lo siguiente: 1º.- Concluir el concurso de la entidad Mercurio Hans Esser e Hijos, S.L., con CIF B36637312, por finalización de la liquidación de sus bienes y derechos. 2º.- Cesar en su cargo de Administrador concursal al Abogado don José Ignacio Losada Castillo, con DNI 34965671J. 3º.- Aprobar las cuentas presentadas por la Administración concursal, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que procedan contra el Administrador concursal. Vigo, 10 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.
- Otro acto concursal26/09/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 543/2012Ordonnance 31/07/2013
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Anuncia Que en la Sección V Liquidación 543/2012, referente a la concursada Mercurio Hans Esser e Hijos, S.L., con CIF B-36637312, por Auto de fecha 31 de julio de 2013, se ha acordado lo siguiente: 1.º-Aprobar el plan de liquidación en los términos en que fue presentado por la Administración concursal, al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa. 2.º-Formar la sección sexta de calificación del concurso, en la que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vigo, 31 de julio de 2013.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal30/07/2013⚖️ PONTEVEDRAProc. 543/2012Ordonnance 17/06/2013
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia: Que en la Sección V Liquidación 543/2012, referente a la concursada Mercurio Hans Esser e Hijos, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36637312, por Auto de fecha 17 de junio de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir, a solicitud de la concursada, la fase la liquidación, conforme a lo dispuesto en el artículo 142.1 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC). 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, que serán ejercidas por la Administración concursal. 3.- Requerir a la Administración concursal para que, en el plazo de quince días, a contar desde la notificación de dicho Auto, presente al juez un plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. 4.- Declarar disuelta la entidad Mercurio Hans Esser e Hijos, Sociedad Limitada, el cese de sus Administradores solidarios Don Gerriet Esser Kunne y Don Klaus Esser Kunne, siendo sustituidos por la Administración concursal, y el vencimiento de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. Vigo, 17 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal13/05/2013⚖️ PONTEVEDRAProc. 543/2012Ordonnance 25/04/2013
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia: Primero.-Que en la sección I declaración concurso 543/2012, referente a la entidad deudora Mercurio Hans Esser e Hijos, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36637312, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC), que contiene el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este Edicto que se publicará en el Registro Público Concursal, en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial, que se sustanciarán por los trámites del incidente concursal, pudiendo el Juez de oficio acumularlas para resolverlas conjuntamente. Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado/a y Procurador/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 25 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso19/01/2013⚖️ PONTEVEDRAProc. 543/2012Ordonnance 08/01/2013
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 543/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 8 de enero de 2013 Auto acordando lo siguiente: Primero. Declarar el concurso voluntario ordinario de la entidad deudora Mercurio Hans Esser e Hijos, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36637312, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Travesía de Vigo, número 19, Código postal 36206, Vigo (Pontevedra). Segundo. La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal. Tercero. El administrador concursal designado es el abogado Don José Ignacio Losada Castillo, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional, sito en la calle Concejo, número 22, 7.º C, 32003, de Ourense; y con teléfono y fax número 988371869, y correo electrónico [email protected]. Cuarto. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 8 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial,
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.