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Procédure collective
METROINDUST 008 SL
CIF B64156045Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 25/07/2015 → 11/05/2022
- Procédure
- 444/2015
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal11/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 444/2015Juge : ESTHER LOPEZ BADIMONOrdonnance 19/04/2022
Declaro el concurso consecutivo de D. Alexander Zegarra Cáceres con apertura de fase de liquidación. Quedan suspendidas sus facultades de administración y disposición de su patrimonio. Se designa administrador concursal a D. Rafael Ortiz Mora.
- Conclusión del concurso11/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 444/2015Juge : THAIS PELLEJÀ MARTINOrdonnance 19/04/2022
DECLARAR CONCURSO
- Declaración de concurso25/07/2015⚖️ BARCELONAProc. 444/2015Ordonnance 12/06/2015
Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dictó el presente edicto: Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, decimosegunda planta. Número de asunto.-Concurso voluntario 444/2015 4. Tipo de concurso.-Voluntario. Entidad instante del concurso y número de identificación fiscal.-Metroindust-008, Sociedad Limitada, B-64156045. Fecha del auto de declaración.-12 de junio de 2015. Administradores concursales.- M&M Abogados Partnership, Sociedad Limitada Profesional, que ha designado a Mario Palomar Sarabia, con número de identificación fiscal: 46749700S (Abogado), con domicilio profesional en calle Balmes, 186, segundo primera (08006), con número de teléfono 93.238.67.39, con correo eléctronico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Régimen de intervención las facultades de la concursada llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma eletrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 12 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.