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Procédure collective
MIBERBA ALCAZAR, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B13294970Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 06/04/2010 → 09/07/2020
- Procédure
- 686/2009 · 0686/2009
- Tribunal
- PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 4
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/07/2020⚖️ CIUDAD REALProc. 686/2009Ordonnance 07/05/2020
EDICTO Don JOSE MANUEL TORRES BRAOS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, ANUNCIA 1.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 686/2009, seguido frente a la mercantil, MIBERBA ALCÁZAR, S.L., con CIF. nº. B-13294970, con domicilio en Alcázar de San Juan, por auto de fecha 7 de mayo de 2020 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes. 2.- Se acuerda el cese definitivo de la Administración concursal designada, don ALFONSO GÓMEZ MORÁN MARTÍNEZ, con aprobación de las cuentas presentadas. 3.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil, así como el cierre de su hoja registral. 4.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares. Ciudad Real, 4 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.
- Conclusión del concurso04/07/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 4Proc. 686/2009Juge : CARMELO ORDOÑEZ FERNANDEZOrdonnance 07/05/2020
se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes.
- Apertura de liquidación29/09/2014⚖️ CIUDAD REALProc. 686/2009Ordonnance 23/09/2014
Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, Anuncia: Que en los autos de concurso abreviado voluntario 686/2009 seguidos en este Juzgado y referentes al entidad concursada "MIBERBA ALCÁZAR, S.L.", con CIF. n.º: B-13294970, por auto de fecha 23-09-14, se ha acordado lo siguiente: 1.º Declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal. 2.º Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.º Durante la fase de liquidación se suspenderán las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.º Se declara disuelta la sociedad, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.º Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Ciudad Real, 23 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso11/12/2012⚖️ CIUDAD REALOrdonnance 28/11/2012
Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1. Que en la Sección I Declaración de Concurso de los autos de Concurso Abreviado Necesario n.º 0000686/2009-A, seguidos en este Juzgado a la entidad deudora Miberba Alcázar, S.L., con CIF n.º B-13294970, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Ciudad Real, 28 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso06/04/2010⚖️ CIUDAD REALProc. 0686/2009Ordonnance 23/03/2010
Edicto. El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia: 1º.- Que en el procedimiento concursal número 0686/2009-A, por auto de fecha 11-03-2010 se ha declarado en situación de concurso necesario a la entidad deudora Miberba Alcazar, S.L., con CIF. n.º B-13294970 y domicilio social en la calle Alcalde Francisco Paniagua, nº 013 de la localidad de Alcazar de San Juan (Ciudad Real), que coincide con el centro de sus principales intereses. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que los acreedores de la entidad concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 23 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial, Antonio Gutiérrez Cardenete.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.