Procédure collective
MIPASER SL
CIF B30451785Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/04/2017 → 15/10/2019
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso15/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MurciaOrdonnance 03/10/2019
EDICTO Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº sección V de liquidación del concurso nº 405/16 se ha dictado con fecha 3 de octubre de 2019 auto de conclusión del concurso del deudor MIPASER, S.L., con CIF B30451785 por haberse realizado todos los bienes y derechos que componían la masa activa del concursado. Murcia, 10 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Ana Isabel Gonzalez Peinado.
- Declaración de concurso20/04/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaOrdonnance 25/01/2016
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en la Sección I, Declaración Concurso 0000405/2016, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 25 de enero de 2016 auto de declaración de concurso voluntario de MIPASER, S.L., con CIF B30451785, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Molina de Segura. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. La Administración concursal estará integrada Díez y Pajarón Gabinete Concursal, S.L.P., con CIF B-73736100 y dirección Avda. Teniente Montesinos, n.º 8, torre A, 7.ª planta, Murcia, y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 191 ter. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 3 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.