Procédure collective
Mirdajan SL
CIF B76299858Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 19/09/2022 → 22/07/2026
- Procédure
- 721/2025
- Tribunal
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · MERCANTIL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Nº 001
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso22/07/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º 1Proc. 721/2025Juge : Alberto López VillarrubiaOrdonnance 20/07/2026
Conclusión concurso
- Conclusión del concurso20/07/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º 1Proc. 721/2025Juge : Alberto López VillarrubiaOrdonnance 16/07/2026
CONCLUSIÓN CONCURSO
- Apertura de liquidación15/10/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 721/2025Juge : EDUARDO PASTOR MARTINEZOrdonnance 01/09/2025
Que en este juzgado se tramita CNA 250/2021, en fecha 14/09/20222 se ha dictado providencia complementando auto de aprobación plan de liquidación en el que se acuerda formar sección 6ª con testimonio auto apertura y auto de declaración del concurso.
- Otro acto concursal15/09/2025⚖️ MERCANTIL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Nº 001Proc. 721/2025Juge : Alberto López VillarrubiaOrdonnance 01/09/2025
Que por auto de fecha 1/09/2025 se ha acordado la apertura de Procedimiento Especial de Microempresas respecto del deudor MIRDAJAN SL, con CIF B76299858, que se tramitará por las normas del Libro III del TRLC, como procedimiento de liquidación.
- Declaración de concurso19/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 721/2025Juge : MOISES GUILLAMON RUIZOrdonnance 01/09/2025
En el Concurso Abreviado 336/2022 se ha presentado informe de la Administración Concursal al que se refiere el art. 290 y siguientes TRLC y hay 10 días para impugnarlo.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.