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Procédure collective

PANELMA S.A.

CIF A28709947Voir la fiche société

Publications
225/11/201307/03/2024
Procédure
691/2013
Tribunal
Mercantil - 8
Administrateur judiciaire
Ernst & Young Abogados, S.L.P

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso07/03/2024
    ⚖️ Mercantil - 8Proc. 691/2013Juge : JAVIER RAMOS DE LA PEÑAOrdonnance 04/03/2024

    En el Concurso ordinario 691/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de PANELMA S.A

  2. Declaración de concurso25/11/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 691/2013Ordonnance 06/11/2013

    Edicto de declaración de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 691/2013, Sección A. NIG: 08019 - 47 - 1 - 2013 - 8005231. Fecha del auto de declaración: 29/10/13. Clase de concurso: Voluntario, abreviado. Entidad concursada: Panelma, S.A. con domicilio en Santa Perpetua de la Mogoda (Barcelona) c/ Nord, n.º 10, con CIF A28709947. Administradores concursales: Ernst & Young Abogados, S.L.P. que ha designado como persona física para el ejercicio de dicho cargo a don Jordi Gras Sagrera. Dirección postal: Avda. Sarria, 102-106 en Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el B.O.E. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 6 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.