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Procédure collective

MOBILE INTERACTIVA SL

CIF B82585555Voir la fiche société →

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2 — 18/06/2014 → 17/12/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso17/12/2014
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 02/12/2014

    Edicto. Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el procedimiento número 126/14, por auto de 01/12/14 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor MOBILE INTERACTIVA, S.L., con C.I.F.. B-82585555. 2.- Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 2 de diciembre de 2014.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid.

  2. Otro acto concursal18/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 07/06/2014

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid, Anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 126/14, referente al deudor MOBILE INTERACTIVA, S.L., con CIF B-82585555 se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 7 de junio de 2014.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.