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Procédure collective
MODAS CARRASCO PASTOR SOCIEDAD LIMITADA
CIF B02329001Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 03/03/2018 → 30/09/2022
- Procédure
- 43/2018
- Tribunal
- DE PRIMERA INSTANCIA Y MERCANTIL DE ALBACETE 3
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso30/09/2022⚖️ DE PRIMERA INSTANCIA Y MERCANTIL DE ALBACETE 3Proc. 43/2018Ordonnance 15/09/2022
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal28/07/2021⚖️ DE PRIMERA INSTANCIA Y MERCANTIL DE ALBACETE 3Proc. 43/2018Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 15/09/2022
Declarar al deudor Gestión Hostelera Doc, S. L., en situación de concurso voluntario, concluir el concurso por insuficiencia de masa activa y acordar la extinción de la sociedad y la cancelación de la inscripción registral (...)
- Otro acto concursal28/07/2021⚖️ DE PRIMERA INSTANCIA Y MERCANTIL DE ALBACETE 3Proc. 43/2018Juge : EVA MARTINEZ CUENCAOrdonnance 15/09/2022
DECLARA CONCURSO, NOMBRA ADMINISTRADOR CONCURSAL Y EFECTÚA LLAMAMIENTO DE ACREEDORES.
- Otro acto concursal03/03/2018⚖️ ALBACETEProc. 43/2018Ordonnance 13/02/2018
D. Francisco Javier Martínez Marín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil de Albacete, Por el presente, hago saber: 1.º Se ha declarado concurso que se sigue con el número 43/2018. 2.º Carácter del concurso: Voluntario y Abreviado. 3.º Fecha de declaración: 13 de febrero de 2018 4.º Deudor en concurso: Modas Carrasco Pastor, S.L., con CIF B-02329001, con domicilio en plaza Mayor, n.º 8, de Albacete. 5.º Facultades de administración y disposición: intervenidas. 6.º Administración concursal: Doña María Josefa Gómez Escribano, calle Tesifonte Gallego, n.º 14, pasaje, 4.ª planta, Albacete, teléfono 967 23 26 83, dirección de correo electrónico [email protected]. 7.º Plazo de comunicación de créditos: 1 mes, directamente a la Administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior, en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal. Albacete, 28 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.