AccueilJusticeMODULS XABIA SL

Procédure collective

MODULS XABIA SL

CIF B53030458Voir la fiche société

Publications
310/03/201205/07/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso05/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteOrdonnance 13/06/2014

    Edicto. Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en fecha 13 de junio de 2014 se ha dictado auto de conclusion del concurso que se tramita frente a la sociedad Moduls Xabia, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B53030458, con domicilio en Ronda del Sur, n.º 67, Javea, que se tramita en este Juzgado con el nº 10/12-R, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Moduls Xabia, S.L. 2. El deudor, Moduls Xabia, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Moduls Xabia, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.- Se acuerda la extinción de Moduls Xabia, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de mayo de 2014. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Alicante, 17 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal10/05/2012
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 26/04/2012

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveido por resolución de fecha 26 de abril de 2012, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el: 10/12-R y de la concursada Moduls Xabia, S.L., con CIF B-53030458. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Alicante, 26 de abril de 2012.- El Secretario Judicial, Cristina Cifo González.

  3. Otro acto concursal10/03/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de AlicanteOrdonnance 22/02/2012

    Edicto D.ª Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 8/02/12 en el procedimiento autos 10/12 y N.IG. 03014-66-2012-0000010 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Moduls Xabia S.L., con CIF Nº B-53030458, con domicilio social en Jávea (Alicante), C/ Ronda del Sur nº 67, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 1816, folio 75, hoja nº A-33152, inscripción 1ª. Segundo.- Que se suspenden las facultades de administración y disposición del deudor sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasarán a ejercerse por la administración concursal. Tercero.- Consta que el deudor ha interesado la liquidación. Cuarto.- Que ha sido nombrado administrador concursal D. Martín Baquero Rodríguez con DNI 5121456-T, en calidad de abogado, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Albacete con domicilio postal en C/ Carratalá, nº 8, 2º dcha., 03007 Alicante, teléfono 967600955 y móvil 609279591 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Quinto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 22 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial, Cristina Cifo González.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.