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Procédure collective
MOLDURAS PANELES Y COMPLEMENTOS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B97529481Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 22/09/2011 → 04/05/2016
- Procédure
- 3/2009
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso04/05/2016⚖️ VALENCIAProc. 3/2009Ordonnance 13/04/2016
Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 321/11 habiéndose dictado en fecha 13 de abril de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1.-Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 321/11, promovido por el Procurador Sr. Alario Mont, Rafael Francisco, en nombre y representación de la mercantil Molduras Paneles y Complementos, S.L. y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Antonio Espinosa Rueda, con DNI n.º 22.651.186-G, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.-Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Molduras Paneles y Complementos, S.L., con CIF B97529481, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.-Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 5 de noviembre de 2015. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al procurador de la concursada Alario Mont, Rafael Francisco a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Valencia, 13 de abril de 2016.- La letrada de la administración de justicia.
- Declaración de concurso22/09/2011⚖️ VALENCIAOrdonnance 25/07/2011
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores 321/11 habiéndose dictado en fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso de acreedores de Molduras Paneles y Complementos S.L., con CIF B97529481, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 de la Ley Concursal. Valencia, 25 de julio de 2011.- La Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.