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Procédure collective

MONTAJES BERPAL, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35836055Voir la fiche société

Publications
320/02/201701/02/2019
Procédure
34/2017 · 22/2003
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso01/02/2019
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 34/2017Ordonnance 29/01/2019

    Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente, HACE SABER: Que en el procedimiento concursal número 34/2017 se ha dictado en fecha 13/12/2017 sentencia declarando la conclusión del concurso de la mercantil Montajes Berpal, S.L. con CIF número B-35836055, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente: FALLO Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por CAIXABANK, S.A. en los autos del concurso abreviado numero 158/2016-08 contra AC del concurso de la entidad MONTAJES BERPAL, S.L. por lo que debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos realizados en su contra por la actora, en cuanto a las costas estese al contenido del Fundamento Jurídico Tercero. En virtud de lo expuesto, ACUERDO: 1.- La conclusión del concurso de MONTAJES BERPAL, S.L. 2.- La extinción de la mercantil MONTAJES BERPAL, S.L., con CIF B-35836055. 3.- La cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, donde consta inscrita al Folio 16, del Tomo 1.738, Hoja GC-34036, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución una vez sea firme. 4.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. Las Palmas de Gran Canaria, 29 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

  2. Declaración de concurso27/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 01/02/2017

    Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000034/2017, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña.Carlos Martín Rodríguez, en nombre y representación de Montajes Berpal, S.L., con CIF número B-35836055, se ha dictado Auto el día 1 de febrero de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Montajes Berpal, S.L., con CIF n.º B35836055, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal, en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Aticus Ocaña Martín como titulado mercantil, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Nicolás Estévanez, 30, oficina 204, Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35007, teléfono 629659999 y fax 928.27.92.84, así como Dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la suspensión, quedando sustituido por la administración concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). D./Dña. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 14 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

  3. Declaración de concurso20/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 01/02/2017

    Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000034/2017, seguido a instancias del Procurador/a don Carlos Martín Rodríguez, en nombre y representación de Montajes Berpal, S.L., con CIF número B-35836055 se ha dictado Auto el día 1 de febrero de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Montajes Berpal, S.L. con CIF n.º B35836055, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: don Aticus Ocaña Martín, como titulado mercantil, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Nicolás Estévanez, 30. Oficina 204. Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35007, teléfono 629659999 y FAX 928.27.92.84, así como Dirección electrónica [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la suspensión, quedando sustituido por la administración concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez..- Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.