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Procédure collective

MONTANCORA SL

CIF B80051964Voir la fiche société

Actif 334 €
Publications
318/07/201113/01/2022
Procédure
622/2010
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 622/2010Juge : Juan Carlos Picazo MenéndezOrdonnance 05/07/2021

    Declaración de concurso

  2. Conclusión del concurso13/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 622/2010Juge : ANA GONZALEZ CARRILOrdonnance 05/07/2021

    Comunicación del proyecto de inventario y lista de acreedores

  3. Otro acto concursal18/07/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridOrdonnance 14/01/2011

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º-Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 622/10, por auto de 14 de enero de 2011 y auto de rectificación de error posterior de fecha 24 de marzo de 2011 se ha declarado en concurso a MONTANCORA, S.L., con CIF B-80051964. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 1 de julio de 2011.- Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.