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Procédure collective
MONTEGUADIANA SL
CIF B91273359Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 13/01/2018 → 16/01/2020
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso16/01/2020⚖️ SEVILLAOrdonnance 13/01/2020
El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla, de acuerdo con el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: La conclusión del concurso de MONTEGUADIANA SL con CIF B-91.273.359, número 952/17-H. Se declara la extinción de la sociedad concursada. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. sevilla, 13 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Otro acto concursal13/01/2018⚖️ SEVILLAOrdonnance 09/01/2018
El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla, en cumplimiento del artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 952/17-H, con NIG 4109142120170001913 por auto se ha declarado en concurso necesario al deudor MONTEGUADIANA, S.L., con CIF B-91.273.359, con domicilio en Sevilla. 2º.- Se suspende el ejercicio por la entidad concursada de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituida por la Administración Concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don José Luis Iglesias Moya, Letrado, con domicilio profesional en calle Marqués de Paradas, 53, primero derecha, 41001 Sevilla, dirección de correo electrónico [email protected] y teléfono 954 22 66 04. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 9 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.