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Procédure collective
MOTEL ACAPULCO SL
CIF B36017382Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 05/02/2015 → 19/08/2020
- Procédure
- 314/2014 · 2014/0000
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal19/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 314/2014Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 21/01/2021
PLAN DE LIQUIDACION
- Conclusión del concurso19/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 314/2014Juge : SANDRA VAZQUEZ CALATAYUDOrdonnance 21/01/2021
FIN FASE COMUN Y APERTURA FASE CONVENIO
- Declaración de concurso05/02/2015⚖️ PONTEVEDRAProc. 2014/0000Ordonnance 07/01/2015
Edicto Don José Tronchoni Albert, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercnatil n.º 2, de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000314/2014 y NIG n.º 36038 47 1 2014/0000547, se ha dictado en fecha 7/01/2015 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Motel Acapulco, S.L., con CIF núm. B36017382, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Antonio Palacios, n.º 147 – O Porriño. 2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la economista, doña Eva Malvar Vázquez, con DNI núm. 35320362K y con despacho profesional en la Travesía de la Eiriña, n.º 1 – Ático – 36004 – Pontevedra, Teléfono/Fax: 986854182, correo electrónico: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Pontevedra, 7 de enero de 2015.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.